DOI http://dx.doi.org/10.19137/perspectivas-2020-v10n1a09
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RESEÑAS DE LIBROS, CONFERENCIAS, ENTREVISTAS Y COMENTARIOS DE ACTIVIDADES DE CARÁCTER CIENTÍFICO-ACADÉMICO
Género y derecho. González, Manuela Graciela; Miranda, Marisa & Zaikoski Biscay, Daniela (Comps.), Santa Rosa: Universidad Nacional de La Pampa
por Analía Aucía
Universidad Nacional de Rosario, Rosario, Argentina
analia_aucia@hotmail.com
El libro Género y derecho, compilado por Manuela González, Marisa Miranda y
Daniela Zaikoski Biscay presenta una variedad de temáticas que revisten una
fuerte relevancia para el derecho, para otros campos epistemológicos y disciplinares, así como para las prácticas profesionales e institucionales. La compilación nace en un momento de gran signifcación histórica y política respecto de la
visibilidad y la necesidad que tiene la sociedad y las instituciones del Estado, en
general, de contar con herramientas de análisis crítico con perspectiva de género
respecto de distintas realidades sociales signadas por la violencia y la discriminación. Urge dotar a las instituciones de Educación Superior de producciones que
aborden los derechos de las mujeres y de los colectivos de diversidad sexual con
una mirada que devele las inequidades, las formas de control, discriminaciones
y violencias por razones de género, de sexualidad y que nos permitan conocer
las herramientas legales para la defensa de mujeres, niñas/os/es y personas con
orientación sexo-afectiva y corporalidades diversas e identidades de género no
hegemónicas. Del mismo modo que la construcción del saber en las academias
se ve enriquecido con estos aportes, los movimientos sociales de derechos humanos de las mujeres, de los colectivos de diversidad sexo-afectiva, de género
y corporal, así como las áreas estatales de gestión de políticas públicas encuentran en esta compilación refexiones y estrategias de trabajo que les permitirán
potenciar sus acciones específcas para la ampliación del goce de los derechos
humanos con perspectiva de género y diversidad.
Desde un abordaje interdisciplinario, en el libro se trabajan distintos aspectos
de la vida de las mujeres, y se examina algunos planteos referidos a la perspectiva de género y de la diversidad sexual, de género y corporal. Si bien los artículos focalizan en la perspectiva jurídica, sus marcos interpretativos y teóricos se
nutren de otros campos disciplinares, de saberes que enriquecen la mirada de
los temas y las conclusiones a las que llegan sus autor/as.
Los capítulos del libro están organizados en cuatro ejes temáticos. El primero refere a estudios vinculados con aspectos de la vida de las mujeres desde
una perspectiva histórica y su anclaje jurídico-político; el segundo eje aborda
los derechos humanos frente a las difcultades e imposibilidades en su acceso
por parte de mujeres, niñas, adolescentes y de otras identidades de género y
subjetividades; el tercero refere a la violencia contra las mujeres, estrategias de
activismo feminista y el entrecruzamiento de desigualdades políticas, sociales y
económicas, mostrando las subalternidades que el derecho crea y refuerza; por
último, en el cuarto eje lo medular son los aportes de los estudios de mujeres y
de género, tanto en la enseñanza del derecho como en las decisiones judiciales
de funcionarios/as de justicia.
La riqueza de esta compilación también radica en las distintas perspectivas con
que se enfoca al derecho, a la condición de las mujeres y personas que integran
el universo de la diversidad sexual y corporal. Contiene una multiplicidad de posiciones teóricas, de experiencias de investigaciones y de activismo por los derechos humanos de las mujeres y del colectivo de la diversidad sexual que hace
de su lectura un camino nutrido de aprendizajes. Otro aspecto a destacar es la
diversidad geográfca de las experiencias que se relatan en el marco de distintas
provincias de Argentina, tanto experiencias de investigación históricas, actuales
y en territorio, como de experiencias universitarias relativas a la enseñanza del
derecho con perspectiva de género.
Tal como se menciona en la introducción del libro, este trabajo resulta original
por varias razones. Logra introducir saberes que exceden, y en demasía, la mirada y formación estrictamente jurídica, aspecto logrado también porque mucho/as de sus autor/as tienen formación de grado y/o postgrado en otras ciencias
sociales. En relación con lo interdisciplinar, en el recorrido de sus capítulos nos
encontramos con perspectivas teóricas diversas que hacen de la compilación
una pieza necesaria para el trabajo profesional e institucional por la riqueza de
sus aportes y refexiones. Por ello, entiendo que constituye un desafío encarar
análisis desde la psicología, la historia, la sociología, la comunicación visual, y
desde posicionamientos teóricos que se enmarcan en los proyectos de investigación colectivos al interior de las unidades académicas, de los consejos de investigaciones así como a las investigaciones que provienen de los activismos
académicos y sociales.
Los cuatro ejes temáticos compuestos por diversos artículos mantienen líneas
de trabajo que se conectan de manera específca. El primer eje gira en torno a
historias de las mujeres en Argentina y el anclaje jurídico-político del reconocimiento de sus derechos, desde el siglo XIX a nuestros días. Comprende tres
trabajos.
Comienza Luciana Linares quien, como ya adelanta en el título “Hecha la ley, hecha la escala. Reglamentarismo, prostitución rural e idiosincrasias locales en el
sudeste bonaerense. 1900-1936”, enfoca su investigación en los modos en que
ley interviene respecto de la actividad prostibularia en los ámbitos rurales conformado por pueblos del sudeste de la provincia de Buenos Aires durante principios del siglo XX. La autora analiza también la reglamentación por esos años
existente en la ciudad de Rosario mostrando puntos importantes de contacto.
Una serie de dispositivos, entre ellos, los registros, las libretas y las fchas, forma “un complejo biotipológico de las trabajadoras”.(1) Analiza mecanismos de
regulación, formas de resistencia y las tensiones entre prácticas y discursos médicos en torno a la prostitución y las enfermedades venéreas. La autora muestra
cómo el discurso respecto de la proflaxis de las enfermedades venéreas está
relacionado con la preocupación por la salud de los hombres presentando a
las mujeres como canal de los “males venéreos” y, por lo tanto, deviniendo en
“cuerpos peligrosos” sobre los que se debe establecer un control médico, moral
y político. Subraya cómo esos discursos y prácticas se enlazaron fuertemente
permitiendo construir y reproducir saberes heteronormativos, sexualidades diferenciadas.
Andrea Gastron en su trabajo “Esculturas y derecho: Una lectura de género”,
propone develar los mecanismos a través de los cuales las estatuas, esculturas
y monumentos que representan a la justicia o se relacionan con el derecho,
presentadas a través de imágenes femeninas y masculinas estereotipadas, contribuyen a afanzar una estructura de dominación política. Para lograr este objetivo realiza un relevamiento de obras de arte que forman parte de la estatuaria
pública en Buenos Aires. Introduce un aporte interesante acerca de cómo el
orden jurídico se impone también a través de dispositivos visuales, relacionando la experiencia de lo visual con un sistema de predominio de lo masculino.
Así también, recorre algunas explicaciones teóricas sobre una escisión que se
detecta entre un tipo de arte considerado “auténtico, superior y masculino” y,
por otro lado, una cultura de masas vista como “inauténtica, inferior y femenina”. Desarrolla la relación entre las virtudes que se asocian a las mujeres o a lo
femenino en las representaciones escultóricas en Occidente relativas a lo jurídico. En este sentido, formula el planteo acerca de si existe algo así una “estética
feminista”. De alguna manera, la conclusión de la autora es que los dispositivos
artísticos visuales legitiman un orden jurídico, el cual es reproducido en la estatuaria pública y privada.
Marisa Miranda en “Esposa y madre ejemplar: la anticoncepción femenina ante
el estereotipo de mujer (Argentina, década de 1970)” aborda un punto particular de tensión relativa a la cuestión sexo(s), género(s), sexualidad(es) y derechos en relación con las transformaciones del tradicional estereotipo de mujer
ante la difusión de la anticoncepción femenina y las reivindicaciones que disociaban la sexualidad de las mujeres de la procreación. Desarrolla las dos posturas fundamentales sostenidas en esos años: una la de la Iglesia Católica, avalada
por gran parte del espectro político y la otra proveniente desde la denominada
“revolución de la píldora”. Cruza estas posiciones en el marco de los contextos políticos de los gobierno militar, analiza revistas y encíclicas papales en las
cuales se expone todo el combate sostenido por la Iglesia respecto del control
de la natalidad. Introduce diversos aspectos que muestran la complejidad de
las políticas llevadas adelante en ese período, así se revela la pretensión de
imponer una moral sexual, de consolidar la matriz heterosexual de los vínculos,
la aparición de distintos miedos, entre ellos el de que la píldora anticonceptiva
amenaza la consecución del crecimiento nacional y la idea de que las actividades sexuales que no tenían como objetivo la reproducción, signifcaban un goce
improductivo sin un objetivo social.
En el segundo eje, compuesto por seis trabajos, desarrolla temáticas relativas
a las difcultades de acceso a los derechos humanos civiles, sociales, económicos, culturales y políticos por parte de las mujeres, niñas y colectivos de
la diversidad sexual y la emergencia de nuevas subjetividades e identidades
sexuales.
Mariana Sánchez, en su desarrollo “Acceso a la Justicia: inefciencia e impunidad
ante casos de violencias de género”, analiza las difcultades que tienen las mujeres víctimas de violencia de género para lograr el “acceso a la justicia”, el cual
debe ser entendido no solo como un derecho humano que implica el ejercicio
de un derecho sino también como la obligación de garantizar ese derecho que
genera para el Estado. Menciona distintas causas que hacen imposible o difícil
para las mujeres acceder a la justicia, lo cual acarrea y profundiza desigualdades e impunidad. Plantea que es paradojal recurrir al derecho y a la justicia
para combatir las desigualdades por su construcción androcéntrica. Examina el
Informe de la CIDH sobre el Acceso a la Justicia para Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas. Particulariza sus refexiones, también, en la realidad cordobesa trayendo al análisis los resultados de 20 entrevistas, entre otras fuentes,
realizadas a mujeres cordobesas que han atravesado procesos judiciales por
motivos de violencia familiar. Entre los obstáculos señalados, aparecen fundamentalmente la lentitud de los procesos, la burocracia, la falta de capacitación
del personal, el trato recibido por parte de los operadores judiciales, los estereotipos de género, todo lo cual conforma una nueva violencia, la violencia
institucional.
Gabriela Galletti presenta el trabajo “Interdisciplina, género y derecho” en el
cual se interroga sobre las posibilidades del derecho de salir de un posicionamiento “dogmático y autoritario”. En esta preocupación que recorre su trabajo,
aparece la interdisciplina como un camino posible. Pone en cuestión “la mirada etnocéntrica del derecho” y propone pensarlo en su relación con las otras
dos dimensiones desde varios ángulos: género e interdisciplina. Plantea que las
disciplinas no jurídicas se ven como ciencias desconectadas entre sí y no son
legitimadas “en un plano de igualdad y reciprocidad” con el derecho. Por su
parte, los estudios de género cuando son incorporados, lo son como “teorizaciones auxiliares” en lo que respecto al tratamiento de problemáticas jurídicas
que referen a las mujeres y a personas de los colectivos de diversidad sexual.
Argumenta que la interdisciplina es la condición que hace posible construir nuevas interacciones en la investigación social y en sus prácticas ya que el trabajo
interdisciplinario dialoga desde la horizontalidad y permite articular acciones y
producción de conocimientos para fortalecer los derechos humanos de las mujeres y de las personas con “sexualidades disidentes”. Por esta razón, analizar la
relación entre Interdisciplina, género y derecho constituye en uno de los retos
que tenemos por delante.
Lucía Coppa, comparte algunas refexiones en el trabajo “Sobre los derechos
humanos en torno al comercio sexual: singularización sexo-política de la gramática jurídica”. Aborda el tema trabajando la crítica que le realizan los feminismos jurídicos a la idea de la universalidad del derecho, retomando el debate
generado en los últimos años respecto del sujeto político del feminismo y el
cuestionamiento a los esencialismos universalistas. Recoge parte de las discusiones en torno a la defnición del delito de trata de personas y el estatuto de
la “prostitución” en el marco de los debates transnacionales generados a partir
de la sanción del Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas. En relación con la temática específca de sexo y dinero, la autora trabaja
con la categoría comercio sexual ya que entiende que la misma da cuenta de
la heterogeneidad de modalidades de intercambios sexo-económicos. Presenta
algunas argumentaciones respecto de la conocida dicotomía que postula que
la prostitución constituye una forma de violencia y, en su opuesto, que se trata
un trabajo y las mujeres que lo ejercen son “trabajadoras sexuales”. En este sentido, plantea que en la cadena de signifcantes trata de personas-prostitución-
violencia-derechos humanos opera una exclusión que imposibilita la subjetivación más allá de la victimización.
Aramis Lascano, en el texto “No hay solo un mundo detrás del expediente penal: apuntes críticos sobre la persecución penal de mujeres trans y travestis
en la “zona roja” de La Plata”, presenta conclusiones de una investigación más
amplia que aborda la praxis policial y judicial, así como las diversas modalidades de acción, organización, obediencia, negociación y resistencia por parte de
travestis y mujeres trans. Recoge diferentes voces, experiencias y signifcados
a través de entrevistas a diferentes actores implicados y del relevamiento de
expedientes penales. Algunos de los supuestos con los cuales opera el sistema
judicial y la policía es vincular el ofrecimiento de sexo por parte de mujeres
trans y travestis como pantalla para vender droga. Refere que en la mayoría de
los testimonios estuvo presente el consumo de cocaína y alcohol por parte de
ellas, pero que, sin embargo, algunas de las mujeres trans y travestis apelan al
consumo de alcohol o cocaína para mantenerse despiertas, soportar la noche,
el frío o para no tener miedo. Se introduce el paradigma contenido en la Ley
de Salud Mental respecto del cual el “consumo problemático de sustancias”
debe ser abordado como un problema de salud y derechos humanos y no de
seguridad como lo hace la Ley de estupefacientes en tanto opta por penalizar a
consumidoras/es de drogas ilícitas.
Renata Bega Martínez presenta sus análisis bajo el título “Mujer y discapacidad:
entre la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la
Ley Nacional de Salud Mental y Adicciones”. En este trabajo refexiona críticamente sobre el abordaje que hacen las normativas nacionales e internacionales,
así como la jurisprudencia que se desprenden de estas últimas en relación a
los derechos humanos de las mujeres con “discapacidad intelectual/mental”.
Analiza la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y
resalta positivamente el cambio de paradigma que trae aparejado por sustentarse en una corriente social denominada “interacción”, la cual entiende que las
barreras con las que se encuentran las personas con discapacidad –en el caso
de su investigación, las mujeres– se focalizan en el Estado, las instituciones y
la sociedad. Analiza las posibles coherencias entre la Convención y la Ley de
Salud Mental desde la perspectiva de género y concluye que en esta ley no se
ha incorporado la especial situación de la mujer con padecimiento mental, aspecto que sí estaría abordado en la propia Convención. Remarca las deudas que
tiene pendiente el Estado en esta materia legislativa y presupuestaria, tanto en
las áreas de la educación a profesionales del derecho y de la salud como en la
sociedad en general.
Adriana N. Krasnow, propone examinar un tema complejo como es “El derecho
a la identidad de género de niñxs y adolescentes en clave constitucional y convencional”. Analiza exhaustivamente la normativa y la jurisprudencia nacional e
internacional y aporta teoría jurídica que alude a la identidad de género y los
derechos humanos. Refere al deber de los Estados en cuanto a la protección
del “interés superior del niñx”, a la identidad de género y orientación sexual y
cómo impacta la normativa específca en el Código Civil y Comercial argentino.
Comparte, también, algunas situaciones que han marcado cambios de rumbo
en el entendimiento y regulación de la identidad de género y desarrolla la relación entre capacidad, autonomía progresiva y responsabilidad parental en el
marco de la problemática que atraviesa al “niñx”. Plantea, asimismo, el punto de contacto entre “identidad e identifcación” trayendo al análisis las posibilidades
de individualización de la persona. Respecto de las responsabilidades y funciones que le cabe al representante legal, desarrolla los deberes de protección
y asistencia, el respeto a la voluntad y el derecho de participación del “niñx” y
adolescente de acuerdo a lo que su capacidad madurativa le habilite. En este
aspecto, introduce los principios y la fexibilidad que caracteriza a nuestro sistema legal.
El tercer eje incluye cinco capítulos que referen a la violencia contra las mujeres, estrategias de activismo feminista y algunas desigualdades políticas entrecruzadas por desigualdades sociales y económicas.
Jimena Sáenz, examina los “Los amici curiae como estrategia de incidencia legal feminista: una exploración de sus potencialidades en casos de violencia de
género”. Entiende que la justicia constituye hoy un espacio de disputa clave
para avanzar en la conquista de muchos de los derechos de las mujeres y que,
una de las estrategias de incidencia en ese campo implementadas por las organizaciones feministas, lo constituyen los amicus curiae, entendiendo a estos
como una herramienta efcaz para transformar lo jurídico y recuperar las voces
de las mujeres y de la diversidad sexual. La autora realiza un recorrido por las
tendencias y los trabajos teóricos publicados sobre el tema. Explora las dimensiones pragmática y valorativa en las que los amicus pueden ser de utilidad
para el litigio feminista y se interroga sobre la potencialidad de los mismos para
promover perspectivas feministas en el derecho en los casos de violencia por
razones de género. En este sentido, retoma algunos problemas en torno a las
tensiones entre el derecho y la violencia de género, realizando un aporte para la
estrategia de cómo introducir planteos feministas en el terreno jurídico –el cual,
expresa, ha sido construido a “espaldas de las mujeres”–. Rescata también una
modalidad del derecho comparado conocido como “memorial de voces” el cual
afrma ha impactado en el feminismo jurídico local.
Soledad Deza presenta el trabajo “Cruces y objeción: el rito de impugnar la autonomía sexual”, en el cual analiza, críticamente, el modo es que es utilizada la
objeción de conciencia por profesionales de la salud con el objeto de eximirse
del cumplimiento de sus obligaciones, logrando el objetivo de negar la realización de ciertas prácticas médicas lícitas. Aborda los entrecruzamientos en los
espacios de salud pública de las distintas expresiones religiosas y cómo opera la
“objeción de conciencia” en esos entretejidos. Aporta una lectura que entreteje
las objeciones que se plantean respecto a garantizar los derechos sexuales y
reproductivos y los desarrollos sobre la laicidad del Estado, poniendo en tensión la libertad de conciencia con la “objeción de conciencia” conjugando los
preceptos legales constitucionales. Trabaja con los resultados de un monitoreo
social realizado en diversos efectores de salud sobre acceso a la interrupción
legal del embarazo y objeción de conciencia en el norte argentino: Tucumán y
Santiago del Estero, el cual contó con entrevistas a mujeres usuarias y a profesionales de la salud. Entre otras cosas, analiza los estigmas que recaen sobre quienes garantizan las prácticas de interrupciones legales del embarazo y los
discursos sobre la protección de la vida, introduciendo proyecciones hacia la
ciencia y las políticas estatales.
Susana Cisneros y Gabriela Barcaglioni presentan un trabajo que incorpora dos
miradas disciplinares, la del derecho y la de la comunicación social, en el abordaje de las “Violencias interpersonales y de género. Su praxis en el contexto social actual”. El análisis se enmarca en el actual contexto social y político del país,
por lo que las autoras destacan el rol fundamental del movimiento de mujeres
y de los feminismos, examinando la agenda política y pública a partir de dichos
movimientos. Recurren a la utilización de herramientas que les brindan ambas
disciplinas, tanto desde sus experiencias en el espacio académico como desde
sus prácticas profesionales en la administración de justicia y en los medios de
comunicación. Hacen referencia a las violencias contra las mujeres situándolas
no solo en el marco de un sistema patriarcal, sino de uno capitalista y colonial
determinante de subjetividades. Recorren momentos históricos políticos fundamentales para el movimiento feminista y de mujeres en los últimos años en
Argentina (NiUnaMenos, debate por legalización del aborto, etc.). Plantean el
doble desafío de conciliar las normas de derechos humanos con la realidad de
quienes sufren violencia de género y recurren a la justicia, y de profundizar la
perspectiva de género en los medios de comunicación y en la formación de
comunicadoras/res.
Pilar Arcidiácono, luego de un examen profundo del tema, nos comparte los resultados de sus investigaciones en el texto “Asignaciones familiares en contextos de encierro. La situación de las madres privadas de libertad”. Analiza la falta
de acceso a la prestación de asignación universal por hijo (AUH) respecto de las
mujeres madres que conviven con sus hijo/as menores de 4 años en contexto
de encierro. Expone una actuación judicial realizada dado que el tema llegó a
sede judicial, habiendo participado la autora en calidad de amicus curiae. En
particular, si bien el caso que se judicializó refería a un grupo de mujeres de la
Unidad 31 de Ezeiza, afrma que la exclusión de las asignaciones familiares para
la población privada de libertad resulta un hecho ordinario, todo lo cual tiene relación con las particularidades del trabajo en contexto de encierro. Sostiene que
estas particulares exclusiones en materia de asignaciones pueden entenderse
como parte de ciertas lógicas y prácticas burocráticas técnico profesionales
de las agencias del gobierno, tales como ANSES, SPF y ENCOPE. Además de
examinar diversas piezas del expediente judicial, analiza los posicionamientos
y discursos de los organismos involucrados y de funcionarios/as políticos/as.
Marina Lanfranco Vázquez trabaja una temática que está cobrando cada vez
más relevancia en el terreno de las exploraciones feministas. En su escrito titulado “Protección de derechos vinculados a la soberanía alimentaria y ambiental. Una mirada desde el ecofeminismo”, indaga ciertas tensiones producidas
por algunas lógicas de mercado de la economía capitalista y los principios del buen vivir y vivir bien que provienen de cosmovisiones ancestrales, así como
el rol protagónico de las mujeres respecto de la protección de la soberanía alimentaria y ambiental a partir de los aportes epistemológicos del ecofeminismo.
Este, según la perspectiva que trabaja la autora, muestra distintas formas de
ver el mundo: “en defensa y protección de los derechos de las mujeres, de la
soberanía alimentaria y la protección del ambiente como derecho humano y los
derechos de la naturaleza”. Recoge la experiencia de intercambio de saberes
y de resistencias de organizaciones de mujeres en el cono sur –en particular,
de Chile, Uruguay, Paraguay y Argentina–, planteando cómo las luchas y movimientos de mujeres agrarias, campesinas e indígenas han permitido generar
“nuevas reconfguraciones territoriales en términos de soberanía alimentaria y
ambiental”. Asimismo, hace un recorrido por la Ley Nacional sobre Reparación
Histórica de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena de Argentina.
El cuarto eje reúne cinco trabajos en los que se enfoca en los aportes al derecho
de los estudios de mujeres y de género y, en particular, a la enseñanza legal,
para la discusión interdisciplinaria de las discriminaciones y violencias interseccionales que sufren las mujeres, niñas y colectivos de la diversidad sexual.
Manuela González nos propone pensar “El género como recurso de la enseñanza legal” y para ello aborda la invisibilización de la perspectiva de género en el
paradigma dominante de la enseñanza del derecho. De acuerdo a lo que se desprende de investigaciones que ha dirigido, se perciben ciertas resistencias en la
utilización de bibliografía feminista así como en la incorporación de la categoría
género. El caso estudiado fue el de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
de la UNLP. Se interroga acerca de si es posible que la Sociología Jurídica contribuya en este proceso de visibilización, considerando que en las facultades
de derecho, las cuestiones de género han penetrado con mayor facilidad en las
asignaturas vinculadas a las ciencias sociales. La autora pone bajo análisis tres
dimensiones –formación, investigación e institucionalización de la equidad de
género– de la praxis universitaria con el objeto de analizar tanto las condiciones
de desarrollo de cada una como los obstáculos y las funciones. En este sentido,
examina algunos obstáculos de índole institucional que enfrenta la incorporación de las temáticas de género en los planes y programas de estudio. Sugiere
que la incorporación de la perspectiva de género en la legislación universitaria
contribuye a impulsar los cambios hacia la equidad de género. Por su parte, la
disciplina Sociología Jurídica sería el ámbito apropiado para debatir colectivamente las tensiones planteadas entre nuevas y viejas prácticas.
Daniela Zaikoski Biscay comparte una exploración denominada “Formación legal y las violencias contra las mujeres. El caso de la FCEyJ, de la UNLPam (2016
y 2017)”. Esta investigación se nutre de los resultados de encuestas realizadas
a estudiantes de 5to. año de la carrera de Abogacía de la Facultad de Ciencias
Económicas y Jurídicas de la UNLPam sobre temáticas relativas a las violencias,
la igualdad y no discriminación por razones de sexo/género. La misma pretende
conocer qué se enseña y se aprende sobre dichas temáticas en la carrera. Se indagaron diversos documentos que regulan la carrera –plan de estudios– así
como los plantes estratégicos de la UNLPam 2016-2020 y la Facultad de CEyJ
en los cuales se menciona la igualdad, no discriminación, el género, mujeres,
equidad e inclusión. Pese a contar con este plan estratégico, el abordaje de las
cuestiones de género resulta circunstancial, fragmentario, quedando su aplicación a voluntad de algunas docentes. Recoge una serie de estudios que muestran la paradoja existente entre una mayor presencia de mujeres en los estudios
de nivel superior y la persistencia de su invisibilización, así como la subsistencia
de discursos y prácticas androcéntricas. Realiza un análisis de las normativas
que obligan a los Estados a desarrollar políticas en materia de educación y no
discriminación y presenta, también, una refexión interesante sobre los sentidos
del curriculum.
Karina Andriola ofrece una propuesta titulada “Desde la perspectiva de género hacia la diversidad sexual. Colectivo LGTTTBIQPA,(2) cambios legislativos y
contenidos (¿pendientes?) del Derecho de las Personas y de las Familias”. En
ella investiga si en esas asignaturas de la Facultad de Ciencias Jurídicas y sociales de la UNLP se “incluyen conquistas políticas, legislativas y jurisprudenciales”
del colectivo LGTBIQ+. A partir de una investigación previa, realizada sobre la
incorporación de la perspectiva de género, se decidió analizar la acogida de la
perspectiva de diversidad sexo-afectiva en ambas materias a la luz de los avances legislativos en nuestro país. Focalizó tanto en el “curriculum formal” como
el “curriculum real” para conocer si se enseñan, qué se enseña, cómo se enseñan
las temáticas relativas a la diversidad sexual. La metodología utilizada consistió
en el análisis de los programas de estudios de las cátedras de ambas asignaturas para conocer el curriculum formal, así como la realización de entrevista a
docentes con comisión a cargo de todas las cátedras de Derecho Civil I y Derecho Civil V a fn de conocer el curriculum real. Se reconoce las resistencias que
aparecen respecto de incorporar la perspectiva de género y mucho más aún las
relativas a los derechos por diversidad sexo-afectiva, las cual se encuentran en
gran medida invisibilizadas.
Julieta Cano aborda un análisis de “La sociología jurídica en la formación de
abogados y abogadas: el sentido de la inclusión de la problemática de las violencias basadas en el género”. Parte de las refexiones que viene realizando en
su rol docente de la asignatura Sociología Jurídica en la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Sociales de la UNLP. La autora se realiza una serie de preguntas en
torno a la enseñanza de la asignatura, dos de ellas son: “¿Qué puede aportarle
la disciplina de la sociología jurídica al estudio sobre las violencias contra las
mujeres y otros colectivos vulnerados? y ¿Por qué la problemática de las violencias contra las mujeres y contra otros colectivos feminizados, en un tema
de la sociología jurídica?” Respecto de la primera, la respuesta apunta a visibilizar que la Sociología Jurídica realiza aportes al análisis de la organización social patriarcal, entendiendo el rol que el derecho cumple en la reproducción
o transformación del statu quo. Sobre la segunda pregunta, la autora considera
que existen varias razones vinculadas con la posibilidad de realizar un abordaje
adecuado de las causas de violencias, con el acceso a la justicia por las mujeres,
con la posibilidad de pensar al derecho como un instrumento de transformación
de un orden social injusto. Afrma que el aula es un espacio en el cual se debe
disputar el sentido de los usos del derecho.
Larisa Gabriela Moris en su propuesta “Derecho Penal, interpretación judicial y
aplicación de las normas penales: análisis de género de una sentencia” realiza
el análisis de una sentencia condenatoria recaída contra una mujer por el delito
de homicidio agravado por el vínculo y por alevosía en la provincia de Tucumán.
La autora parte de la perspectiva crítica que considera que el derecho penal
tiene características androcéntricas y que las prácticas judiciales reproducen el
sexismo, el cual atraviesa a todos los operadores jurídicos. Para examinar el fallo
aplica la metodología para el análisis de género del “fenómeno legal” propuesto
por A. Facio y pretende identifcar, tanto las formas del sexismo y cómo “los estereotipos presentes en el caso de análisis (y reforzados por la cobertura dada
en los medios) juegan un papel fundamental en el agravamiento de la pena”.
Analiza en seis pasos la sentencia, según la metodología seleccionada, partiendo del supuesto que la aplicación de las normas en la sentencia no es neutral y
“no es neutral porque, de inicio, el derecho penal no lo es”. Otro de los puntos
de partida es tomar conciencia de la invisibilidad del patriarcado y la naturalización del sexismo. Concluye afrmando que la sentencia no tiene perspectiva de
género, es sexista y está atravesada por estereotipos, los cuales son recreados
por la propia sentencia.
Notas
1 Acompaña fotos de las fchas de registro de las mujeres que ejercían la prostitución en las denominadas “casas de tolerancia”, bajo el dispositivo municipal “Registro General de Prostitutas”.
2 La sigla LGTTTBIQPA hace referencia al colectivo de lesbianas, gays, transexuales, transgéneros, travestis, bisexuales, queer, pansexuales y asexuales.