RESEÑAS

Melina Yangilevich. Estado y criminalidad en la frontera sur de Buenos Aires (1850-1880). Rosario: Prohistoria, 2012, 232 páginas.

Melisa Fernández Marrón
UdeSA/UNRN

Añorada como un espacio de reconocimiento del avance del Estado nacional en un orden social que se regía por su ausencia o discutida como un espacio de confrontación conflictiva entre las elites letradas y las voces subalternas, la “ley” es un tema obligado en los diversos trabajos que reflexionan sobre el período post-independentista en adelante. La historia de la justicia criminal de América Latina en los últimos veinte años prueba hasta qué punto la agenda historiográfica ha dejado de ser algo más que la tradicional exploración de la historia del derecho para convertirse en un espacio de convergencia e interés de los historiadores por el papel mediador de los jueces y las normas legales en las relaciones sociales, de género, de etnicidad, la sexualidad, el colonialismo, etc. en la vida cotidiana. Y consecuentemente, reconocer en los discursos sobre el desorden los modos de vida, la rebelión de las conductas subalternas y los proyectos de disciplinamiento de las elites –incompletos o parcialmente aceptados-.
Las primeras versiones escritas sobre la justicia en Argentina se centraron en estudios enfocados en el ámbito rural de la provincia de Buenos Aires. En la reconstrucción del control social, la criminalidad y la formación estatal, la producción historiográfica desarrollada durante los años 1990 y 2000 permitió converger las investigaciones locales, ligadas a la historia agraria, con otras vinculadas al ámbito político y social para diferentes espacios de la campaña bonaerense y la urbe porteña.
A estas versiones, que se originaron en el análisis de miradas divergentes de la justicia durante la etapa colonial y la primera mitad del siglo XIX, se suma el estudio de Melina Yangilevich, quien avanza en una geografía y un tiempo poco abordados en la historiografía. En medio de un contexto de renovación proclive a estudiar la ley en la práctica, este texto busca intervenir en el debate desde la propia investigación de la criminalidad al sur del río Salado entre el fin del gobierno rosista y 1880, en un aporte de datos y premisas que sirven de reflexión a los distintos acercamientos existentes de una historia de la justicia penal y las prácticas jurídicas escritos en Argentina.
El acento está puesto sobre la capacidad de penetración del Estado en la frontera y la campaña bonaerense. En ese momento clave, Yangilevich se detiene en la justicia letrada y pone en escena el proceso por el cual se buscó disciplinar a la sociedad, en diálogo con una multiplicidad de actores: jueces, fiscales, defensores, como los sujetos que se encontraron en la difícil experiencia de ser juzgados. Este libro se propone examinar su implantación a partir de quienes llevaron a cabo este proceso, de la manera y el propósito con que continuaron utilizando o no la legislación castellana -como han señalado otros autores- para valorar ciertas acciones como ilegales, por medio de la lectura de los expedientes criminales iniciados en diversos puntos del sur bonaerense, sumarios y correspondencia, un conjunto normativo provenientes de la Península, además de narraciones de viajeros y memorias de residentes.
Sin embargo, no sólo en los archivos criminales la mención de la ley es perturbadoramente recurrente. En tanto práctica social, institucional y espacio conflicto, sigue resultando necesario indagar la justicia en las representaciones de la sociedad en las páginas periodísticas, en las revistas científicas, en los debates legislativos o en los policiales para comprender en qué otros terrenos se dirimían los conflictos que por diversos motivos no llegaban al ámbito judicial (Palacio, 2006).
La serie de temáticas que la autora indaga en el texto comprenden una elección que está marcada por los objetivos de una justicia criminal que pretendió un determinado control sobre un territorio que se imaginaba habitado por vagos, delincuentes y malentretenidos a los que se agregaba las relaciones conflictivas que sostuvieron las autoridades con las sociedades indígenas. Con gran cuidado y meticulosidad, la autora sabe escuchar las fuentes y dejarse llevar por los problemas que van marcando la agenda de la justicia y de la sociedad.
En un contexto de valorización de la tierra y el ganado, el sur se convirtió en un escenario de posibilidades de crecimiento económico. La autora retoma la imagen esbozada en otros estudios anteriores diciendo que “de manera progresiva y contradictoria la campaña fue dando lugar a un orden social que brindó más certezas pero paralelamente cerró espacios que permitían sobrevivir sin ataduras” (p. 59). Como se explora a lo largo de la obra, la administración de la justicia letrada a partir de 1854 buscó ser esa vía principal para organizar y controlar ese espacio. Sin embargo, las menciones sobre las disputas jurisdiccionales, las discrecionalidades y las superposiciones de lógicas entre las autoridades legas y las letradas, dan cuenta de un mundo rural complejo y dinámico.
En primer lugar, los jueces de paz que habían detentando el poder durante la primera mitad del siglo XIX fueron reacios a conceder y abandonar las funciones que se veían cercenadas por la presencia de un magistrado letrado. Así, la pretendida obediencia no estaba solo dirigida a los clásicos actores subalternos. Demarcar los límites de los poderes locales iba de la mano de una producción de textos normativos que recogían y modernizaban las tradiciones legales vigentes.
En segundo lugar, las causas tramitadas muestran para la autora que las prácticas en torno a la violencia y los abusos a la propiedad privada eran las principales problemáticas a resolver en un territorio considerado “indómito”. Aun cuando los casos que llegaron ante las instancias judiciales debieron constituir sólo una reducida porción del total de hechos delictivos, o bien, la gravedad de la causa no era suficiente para que llegase a manos de un magistrado, Yangilevich invita a detenernos en algunos datos estadísticos sobre la judicialización de la criminalidad y el perfil de los involucrados en los procesos judiciales.
Aun considerando los desafíos que implica el uso de las fuentes judiciales para la cuantificación de los delitos, la autora arriesga algunas afirmaciones. Por un lado, señala un aumento de casos en los delitos contra las personas en comparación con otro tipo de infracciones. El resultado es diferente a los porcentajes encontrados en otros estudios realizados para un período anterior aunque para un espacio más amplio (Slatta y Robinson, 1990; Salvatore, 2010). Por otro lado, el número de delitos contra la propiedad fue considerablemente menor. Para Yangilevich, la pregunta sería si estos delitos fueron los que mayor presencia tuvieron en el ámbito rural o si bien fueron concebidos los más graves y por ello llegaron a la instancia letrada (p. 135). Aunque resulta imposible dar una respuesta concluyente, se inclina por esto último.
El recorrido realizado sobre los procesos judicializados induce a pensar cierta indulgencia de los jueces letrados en el dictado de los fallos que estarían marcando una tolerancia hacia prácticas definidas como delitos. Funcionarios y procesados aunque no compartían las nociones sobre la legalidad de la violencia o de los derechos de propiedad tampoco eran absolutamente divergentes, y es posible encontrar puntos de contacto entre los argumentos expuestos por ambas partes (p. 230). De este modo, una de las hipótesis centrales que destaca la autora es que en la implementación de un orden fue tan importante el consentimiento de los pobladores como de las mismas autoridades encargadas de llevar adelante su cumplimiento.
Por último, la riqueza de su soporte empírico y su articulación con diferentes perspectivas teóricas hacen indispensable la lectura de esta obra, que conjuga la renovación analítica y conceptual con la metodológica en torno a la historia de la justicia.

Referencias bibliográficas

1. PALACIO, J. (2006). Hurgando en las bambalinas de “la paz del trigo”: Algunos problemas teórico-metodológicos que plantea la historia judicial. Quinto Sol, (9-10), 99-123.

2. SALVATORE, R. (2010). Subalternos, derechos y justicia penal. Ensayos de historia social y cultural argentina 1829-1940. Barcelona: Gedisa.

3. SLATTA, R. y ROBINSON, K. (1990). Continuities in Crime and Punishment. Buenos Aires, 1820-50. En L. JOHNSON (Comp.), The Problem of Order in Chancing in Societies: Essays of Crime and Policing in Argentina and Uruguay, 1750-1940. Albuquerque: University of New Mexico.