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RESEÑAS


Sociología jurídica e infancia. Lora, Laura Noemí (Comp.). (2021). Eudeba.

El libro Sociología jurídica e infancia es el fruto de trabajos realizados por dos equipos de investigación Ubacyt, dirigidos por la profesora Dra. Laura Lora y radicados en el Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales “Ambrosio

L. Gioja” de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Los equipos de investigación, además de su directora, están integrados por Laura

V. Medina; Sergio Delgadillo; Carla V. Gutiérrez; Pablo Ava; Jennifer Dell Orso; Rosario Martínez Sobrino y Paula Bermejo, quienes trabajaron en torno a los proyectos acreditados y financiados por la Universidad de Buenos Aires, y se titulan “Los conflictos sociojurídicos en torno a la infancia. Nuevos escenarios período 2014-2017” y “Derecho, Sociedad e Infancia, período 2018-2021”. A su vez, la obra cuenta con textos del profesor emérito de la Universidad de Milán Vincenzo Ferrari, cuyos trabajos serán una guía teórica imprescindible. Se trata de una compilación realizada por Laura Lora, publicada por la editorial Eudeba en virtud de la cual se recogen prácticas, experiencias docentes y profesionales en torno a la sociología jurídica; y desde esta disciplina y otras, tales como el psicoanálisis, se elaboran y abordan diferentes temáticas que involucran a niños, niñas y sus derechos.

La obra está dividida en tres partes (Sociología jurídica; Acceso a la justicia; y Género e identidad) y tiene diez capítulos desde los que se abordan estos temas desde distintas miradas que llaman a la reflexión sobre un tema muy acuciante. Laura Lora expresa que el trabajo del equipo de investigación busca “… comprender las acciones humanas, las políticas y los programas en torno a los NNyA que se inspiran en el derecho, comprender su sentido y verificar si, y hasta qué punto, este es socialmente compartido. Describirlas en su curso temporal, estudiar sus efectos concretos y reconducir tales investigaciones a una visión teórica de conjunto, la cual da cuenta de la posición que en un ámbito de relaciones sociales recubre el derecho, visto tanto en su integridad como en sus partes” (p. 22).

El primer capítulo es una traducción realizada por la compiladora de la obra del artículo de Vincenzo Ferrari titulado “Sobre el futuro de la sociología del derecho”, que fue publicado en la Revista de Filosofía del Derecho de Bolonia, en 2012. En él, el autor realiza una vertiginosa y pormenorizada descripción sobre la evolución de la sociología del derecho, en especial desde la Segunda Guerra Mundial, destacando el permanente debate entre las perspectivas macro y microsociológicas. Independientemente de ellas, el autor señala su crítica a un modo de concebir la sociología jurídica “… como campo de batalla entre las razones de la teoría y las razones de la investigación, con discusiones sobre el estatuto de la disciplina que corren el riesgo de hacerla estéril e impedirle aceptar los desafíos a los que la expone el presente” (p. 35). Ferrari destaca que en los últimos años se está asistiendo a una fragmentación o especializaciones en el estudio de la sociología del derecho que abarca una gran multiplicidad de temas, pero que a la vez abonó el surgimiento de la renovada teoría general sociológica del derecho a la que la cataloga como “neofuncionalista”. Finalmente, el autor señala, de manera crítica, los riesgos a lo que se enfrenta la disciplina a partir de estos abordajes.

El segundo capítulo es la reproducción de una conferencia brindada por Ferrari en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) el 29 de setiembre de 2014 que lleva el título de la actividad titulada “Derecho e intervención social. Orden y conflicto en una democracia que cambia”, organizada por los integrantes del equipo Ubacyt, “Los conflictos sociojurídicos en torno a la infancia. Nuevos escenarios”, conjuntamente con el Departamento de Ciencias Sociales y de Filosofía del Derecho de la FD-UBA. En la exposición el autor remarca su concepto de la sociología jurídica como la disciplina que “… estudia el derecho en cuanto modalidad de la acción social” (p. 51), siendo este el espíritu que va a impregnar en los restantes capítulos de esta obra. El autor dedica una atención singular a lo que considera que es un campo poco explorado por la sociología del derecho: la influencia de los medios en la comunicación jurídica y en torno al derecho. A lo que debe sumarse, claro está, las diversas interpretaciones que se hacen sobre un mismo mensaje. En este sentido, admite que el sistema jurídico, concepto que trabaja con profundidad, “puede también multiplicar la incertidumbre, provocar conflictos y no solucionarlos, lo que supone un cierto nivel de crisis del derecho como tal, en su forma tradicional” (p. 59).

El capítulo 3, de Laura Lora, titulado “Sociología del derecho. Instrumentos de trabajo para abordar temas de derecho y sociedad”, permite tener una aproximación metodológica que resulta coherente con los lineamientos teóricos trazados previamente. Para avanzar sobre el cómo, es necesario precisar el qué. En este sentido, el capítulo clarifica sobre el objeto de estudio de la sociología del derecho y su origen histórico como disciplina y su distinción con otras ramas, como la filosofía del derecho. Al final del capítulo, la autora dedica un desarrollo profundo al tema de la infancia en el marco de la sociología del derecho. Partiendo de la base de que “… el derecho y el pensamiento jurídico (…) deben ser problematizados” (p. 86), pueden darse cuenta de diversas cuestiones-problemas relacionadas con niños y niñas, a partir de perspectivas psicológicas, legales, sociológicas, de género, entre muchas otras, pero que contribuyen a la consolidación de la autonomía de la disciplina.

En el cuarto capítulo, de Laura Vanesa Medina, “Sociología de la infancia y acceso a la justicia. Alcances en el Código Civil y Comercial de la Nación”, se adopta la mirada de la infancia como una construcción social. Teniendo en cuenta que el acceso a la justicia es una obligación del Estado, Medina afirma que “… el acceso a la justicia constituye una problemática que conlleva el análisis de nociones conceptuales, ideológicas y normativas respecto a la administración de justicia, al derecho al debido proceso judicial y a la tutela judicial efectiva; en casos que involucran la vulneración de derechos económicos, sociales y culturales de los justiciables” (p. 100). Así, aborda estas cuestiones a partir de las reformas que se realizaron el Código Civil y Comercial de la Nación que consagran la protección integral de la infancia.

El capítulo 5, “La participación de niños, niñas y adolescentes en el proceso de mediación” tiene la autoría de Paula Noelia Bermejo. La autora destaca la importancia de desjudicializar el modo de resolver conflictos no solo para “… la reducción del costo y la demora de la resolución de los conflictos; sino [porque] también incrementan la participación de la comunidad en los procesos de solución de conflictos; la facilitación al acceso a la justicia y el otorgamiento a la sociedad de formas más efectivas para la resolución de sus disputas” (p. 142). La autora refleja algunas consideraciones, tanto teóricas como normativas, sobre el acceso de niños, niñas y adolescentes a la mediación, y también realiza consideraciones desde la práctica de las defensorías de menores. En este sentido, señala las dificultades que se presentan, aunque destaca que es un camino más flexible y menos traumático para el reconocimiento de niños, niñas y adolescentes como sujetos procesales.

El capítulo 6, escrito por Rosario Martínez Soriano, se denomina “Trata de niños con fines de explotación laboral. Aportes para visibilizar el fenómeno”. Tomando como referente a Rottleuthner, Martínez Sobrino destaca que este trabajo se enmarca en la sociología jurídica pues considera “… el enfoque teórico-normativo de la sociología del derecho, por ser el que contrapone las exigencias legales a la aplicación efectiva de la ley, analizando su aplicación,

uso y eficacia por parte de la justicia local” (pp. 165-166). Luego de un abor- daje general sobre la normativa referida a la temática, la autora desarrolla una descripción sobre el origen del trabajo infantil desde la perspectiva socioeco- nómica e histórica, por ser un delito que “… guarda una estrecha relación con el contexto estructural, específicamente con el desarrollo de la economía y los mercados laborales” (p. 174). Finalmente, concluye con una exposición sintética sobre la situación en Argentina y el caso “Nuestra Huella”.

En el séptimo capítulo, Viviana Basile, Daniel Francisco Caronte e Isis Rosatti tratan sobre “El derecho del niño a ser oído en los procesos de adopción”. Los autores evidencian en su trabajo la existencia de situaciones disímiles relacionadas con las formas en que los operadores judiciales interpretan este derecho y el modo en cómo es garantizado. Los autores reflejan un interesante debate en torno a si se trata de un derecho o un deber; sobre la edad en que debería hacerse operativo y cómo debería ser la intervención de los niños, niñas y adolescentes, entre otras cuestiones. Para los autores, de acuerdo a la normativa, se trata de un derecho que tienen los niños, niñas y adolescentes de participar de manera activa en todas las etapas del proceso de adopción y que su opinión no debe ser suprimida, que no hay límite etario aunque, claro está, que los métodos deben ser adecuados a la edad y grado de madurez. Sin embargo, también señalan que, a la luz de los resultados de la investigación realizada, las premisas anteriormente formuladas “… constituyen un deber ser y no el ser de la cuestión” (p. 214).

El capítulo octavo, de Patricio Álvarez Bayón, se titula “Notas sobre infancia trans” y aborda la temática desde aportes del psicoanálisis y el género. Desde la práctica, el autor relata diversas situaciones que pueden producirse y señala que “[t]oda esa variabilidad clínica, de la que solo podemos ubicar un esbozo, se presenta con gran sufrimiento y consecuencias subjetivas que a veces pueden ser bien escuchadas y tramitadas, o, por el contrario, puede tener efectos catastróficos” (p. 225).

El capítulo 9, titulado “La ley de Identidad de Género. Aspectos generales y desafíos posibles”, de Emiliano Litardo, aborda los presupuestos básicos de el derecho a la identidad de género (DIG) en el contexto de los derechos humanos y sexuales vigentes. Para el autor, hay un “modelo patologizador del DIG” que, en sus orígenes, exigía el recurso judicial para cambiar nombre y sexo, así como para acceder a intervenciones quirúrgicas (p. 229), entendiéndolo como incompatible con los derechos humanos. El autor plantea la idea de un modelo despatologizador y otros modelos posibles.

El último capítulo de esta obra trata sobre “El proceso de inscripción tardía del nacimiento”. Carla Virginia Gutiérrez aborda esta temática desde una visión teórico-normativa. En este proceso, la autora refleja el contrapunto entre la inscripción tardía y el derecho a la identidad de las personas y entiende, a partir de la jurisprudencia analizada, que “… si bien la inscripción de nacimiento

no configura el derecho a la identidad, es uno de los aspectos de ella, pues es un paso inicial para que pueda materializarse el mismo” (p. 247). Finalmente, en el capítulo se realiza una detallada descripción del procedimiento en Argentina.

Como puede verse, la obra es extensa y aborda distintas aristas referidas a la in- fancia desde la óptica de la perspectiva sociojurídica. Las tres partes que posee tienen un orden lógico y estructurador sobre cuestiones teóricas, metodológicas y disciplinares que motivan la reflexión sobre problemáticas que merecen atención y solución.

Víctor F. Toledo

Universidad Católica de Salta (UCASAL),

Salta, Argentina.

vtoledo@ucasal.edu.ar